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12 septiembre 2020

¿Cómo se ha adaptado la normativa FEB ante los posibles efectos del COVID?

Esta semana se conoció el protocolo rubricado por Comunidades Autónomas, Federaciones Deportivas, Comité Olímpico y demás entidades para organizar las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional.

Casi todos los focos y los titulares han ido orientados a lo relacionado con las pruebas de detección que se deben realizar los jugadores y también a lo que tiene que ver con el aforo permitido en los pabellones. Sin embargo, hay temas también otro asunto muy importante para el desarrollo de la competición que el protocolo deja bajo la responsabilidad de las federaciones deportivas, hablamos de qué va a suceder con los aplazamientos de partidos que se van a dar durante la temporada.

Sobre este tema, el protocolo indica que:

La resolución del desarrollo de las competiciones regulares (Ligas), así como las decisiones estimadas en la afectación de la continuidad de la misma será responsabilidad de las Federaciones deportivas españolas establecidas previamente y de conocimiento para todos los participantes. En el caso de que por motivos sanitarios o por una alteración sobrevenida de la movilidad interprovincial o entre CC.AA, cada Federación deberá prever un mecanismo de reserva de calendario al final de la temporada para recuperar partidos, así como un criterio objetivo mínimo de cada FDE y /o competición, según quien sea competente, para dar la competición por resuelta, estableciendo un mínimo de partidos o jornadas celebradas o como alternativa si la situación se prolonga la suspensión de la competición. 

Puntos importantes sobre el asunto que deben quedar plasmados en un documento antes del arranque de las competiciones:

- ¿Qué sucede si hay que aplazar un partido en una jornada unificada?

- ¿Qué sucede si acaba la primera fase con partidos pendientes de disputar? 

- ¿Cómo se establecen las fechas para recuperar los partidos atrasados?

Las Bases de Competición inicialmente aprobadas incluían la posibilidad de retrasar el inicio de la competición a enero o incluso a marzo si las autoridades sanitarias lo aconsejaban, algo que no parece previsible a día de hoy.

Es de vital importancia que estos, y otros aspectos similares queden explicitados antes de arrancar la competición para evitar luego polémicas, picarescas y actuaciones que acaben generando problemas como los que se han visto en el fútbol, por ejemplo. 

Es evidente que estamos viviendo una situación extraordinaria y creo que todos los clubes deben actuar de buena fe para buscar soluciones que permitan que la liga se pueda desarrollar de la mejor forma posible, manteniendo la seguridad sanitaria por encima de todo y poniendo entre todos las medidas para que se desvirtúe lo menos posible la competición ante situaciones sobrevenidas.

Sobre la resolución de la competición ante una posible suspensión de forma temporal o definitiva, el Reglamento General de Competiciones incorpora desde este verano un nuevo artículo (80bis).

Dicho artículo establece las diferentes situaciones que se darían si hay una interrupción por supuestos de fuerza mayor y/o inevitables:

-Si se ha disputado menos del 50% cuando se suspende la liga, la Comisión Delegada de la FEB podrá modificar el sistema de competición y el calendario para ajustarlo a las circunstancias. Si la suspensión supera los dos meses, la Comisión Delegada podrá cancelar la temporada sin ascensos y descensos.

-Si se ha disputado entre un 50% y un 70% de la liga regular la Comisión Delegada podrá modificar el sistema de competición y el calendario para ajustarlo y si no se puede reanudar, la Comisión Delegada dará por finalizada la temporada siendo válida la clasificación en la última jornada disputada a efectos de ascensos y descensos.

-Si se ha disputado al menos un 70% de la liga y no se puede reanudar, la Comisión Delegada dará por finalizada la temporada siendo válida la clasificación en la última jornada disputada a efectos de ascensos y descensos.

-Si se suspende la liga una vez iniciado los Playoff de ascenso y no se puede reanudar, la Comisión Delegada dará por finalizada la fase final y se producirán los ascensos en base a la clasificación final de la liga regular.

En cualquiera de los supuestos anteriores, en caso de empate entre dos o más equipos se resolverán atendiendo al basket-average general.





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